La Corte Penal en Venezuela: Reflexiones sobre la continuación de la investigación | Por: Carlos Briceño - Defiende Venezuela
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La Corte Penal en Venezuela: Reflexiones sobre la continuación de la investigación | Por: Carlos Briceño

♦Texto: Carlos Briceño, Director General de la ONG Defiende Venezuela

El 1 de marzo, la Sala de Apelaciones de la Corte Penal Internacional hizo pública su decisión de ratificar el auto de la Sala de Cuestiones Preliminares que autorizaba a la Fiscalía a continuar su investigación por crímenes de lesa humanidad en Venezuela. El fallo se adoptó por unanimidad, desestimando en pleno los argumentos del Estado.

En la audiencia de apelación, sostenida los días 7 y 8 de noviembre, las partes contendieron sobre la suficiencia de la notificación de la Fiscalía de la CPI en cuanto a la identificación de los potenciales casos que serían investigados, la no presentación por la Fiscalía de traducciones de los documentos suministrados por Venezuela, la decisión de la Sala de Cuestiones Preliminares I de no tomar en cuenta documentos no oficiales presentados por Venezuela, así como la calidad y extensión de las investigaciones domésticas conducidas por el sistema de justicia venezolano.

En el núcleo de la controversia está el principio de complementariedad, y la genuinidad de las investigaciones del Estado, así como su congruencia con las potenciales investigaciones de la Fiscalía de la CPI. El dilema toca la cuestión de cuánta información sobre sus potenciales investigaciones debe la Fiscalía compartir con el Estado para que éste las contraste con las suyas, en orden de ejercer sus derechos procesales en atención al principio de complementariedad.

Para la Sala de Apelaciones, es muy poco lo exigible a la Fiscalía en una etapa tan prematura del proceso, y la Sala de Cuestiones Preliminares fue en general diáfana al respecto. Sobre otros argumentos más técnicos y quizás de menor valor persuasivo, basta decir en este espacio que la Sala de Apelaciones los encontró infundados, reprendiendo repetidamente a Venezuela por “tergiversar la decisión impugnada”. La conclusión general: Venezuela no pudo demostrar que sus investigaciones reflejaban suficientemente los potenciales casos de la Fiscalía de la CPI.

En una visión más panorámica del proceso, Venezuela ha mostrado una actitud proclive a las impugnaciones e incidencias, con la consecuencia de una ralentización de las actuaciones. Por ejemplo, el 3 de julio de 2023, junto con su apelación, Venezuela solicitó la suspensión de efectos de la decisión recurrida, negada por la Sala de Apelaciones con fundamento en el artículo 82 (3) del Estatuto.

En consecuencia, la reciente decisión no hace más que confirmar la continuación de la investigación de la Fiscalía, así como el escepticismo general en torno al sistema de justicia venezolano y su independencia, imparcialidad y capacidad.

Al mismo tiempo, la Fiscalía continúa en su iniciativa de establecer una oficina de cooperación técnica con el Estado en Caracas. Esta dependencia forma parte del enfoque de “doble vía”, implementado por la Fiscalía en tiempos recientes, que busca generar las capacidades para investigación de crímenes competencia de la Corte en los Estados con jurisdicción para ello. En ese sentido, no será esta oficina la que adelante las pesquisas internacionales.  

Esta visión, llamada de “complementariedad positiva”, es acreedora de un éxito moderado en la situación de Colombia, cuyos esfuerzos de justicia han avanzado lo suficiente para convencer a la Fiscalía de no intervenir directamente por medio de una investigación formal, cerrando así un prolongado examen preliminar.

En Venezuela parece claro que la situación es sustancialmente distinta. La Fiscalía ha insistido en continuar en la vía judicial, mientras mantiene en paralelo una relación cordial con el Estado, estimulando investigaciones domésticas genuinas que están todavía por materializarse.

El éxito de este “doble enfoque” en Venezuela es por ahora incierto. Resulta especialmente dudosa la auténtica voluntad del Estado de cooperar con la Fiscalía, tanto en el escenario de asistencia técnica como en el judicial, sobre todo en la medida en que la investigación en La Haya progrese. El precedente de la expulsión de la OACNUDH sugiere que hay un límite en el grado de exposición que Venezuela está dispuesta a tolerar antes de entrar en un escenario de no cooperación.

Sin embargo, para Venezuela no parece provechoso abandonar el tablero legal que, desde su perspectiva, en el peor escenario permite ganar tiempo valioso, a la vez que es útil para el control de daños representado por el proceso en marcha.

Si tienen alguna denuncia o quieren conocer más sobre el tema, comuníquense con Defiende Venezuela a través del correo: jlinares@defiendevenezuela.org, José Ali Linares, Coordinador de Comunicaciones.

¡Comparte esta nota de prensa y genera conciencia sobre las violaciones de derechos humanos en Venezuela! Juntos podemos hacer la diferencia.

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