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Claves de la decisión de la Sala de Apelación de la CPI sobre la solicitud interpuesta por el Gobierno de Venezuela

Por: José Ali Linares Torrealba

Este 1 de marzo de 2024, la Sala de Apelaciones de la Corte Penal Internacional (CPI), compuesta por los jueces: Piotr Hofmański, Marc Pierre Perrin de Brichambaut, Luz del Carmen Ibáñez Carranza, Solomy Balungi Bossa y Gocha Lordkipanidze, dictaron -en audiencia pública- su sentencia en favor de la continuación de la investigación en la situación Venezuela I, resolviendo así, el recurso de apelación presentado ante la Sala de Cuestiones Preliminares I. 

Por su parte la Vicepresidenta Ejecutiva de la República, Delcy Rodríguez, declaró que “este órgano de justicia ha demostrado ser politizado, negligente e inactivo” y afirmó que “Venezuela revertirá esta decisión y hará valer la verdad por todos los medios a su alcance”.

No obstante, esta decisión de la CPI se traduce en un resultado fructífero para la sociedad civil venezolana que ha sido víctima de crímenes de lesa humanidad, pues propicia que la Fiscalía de la Corte Penal Internacional pueda continuar avanzando en las investigaciones que permitan el esclarecimiento de los hechos y se centre en la búsqueda y colección de las evidencias, examine pruebas, solicite la cooperación de algún Estado, en caso de ser necesario, y, pueda avanzar con la selección y priorización de casos para proseguir hacia la rendición de cuentas de los máximos responsables de los crímenes. 

La decisión de la Sala de Apelaciones de la Corte Penal Internacional afianza, una vez más, que la participación de las víctimas, de la sociedad civil venezolana y de las organizaciones que han intervenido en el proceso, tienen un efecto y un impacto significativo en la búsqueda por la justicia ante un ente internacional. La determinación y coraje de estos actores clave, son un recordatorio poderoso de la importancia de defender los derechos humanos y de garantizar que aquellos que han sufrido atrocidades no sean olvidados ni ignorados.

En este sentido, la Abogada Génesis Dávila, Presidenta y Fundadora de la ONG Defiende Venezuela, afirmó que “este proceso demuestra la relevancia del trabajo de las organizaciones en la sociedad civil, pues constituye una victoria no solo para estas entidades, sino también para las víctimas que, a pesar de los obstáculos, han perseverado en la búsqueda de justicia para Venezuela”.

Mientras que Rodrigo Diamanti, Presidente y Fundador de la ONG Un Mundo Sin Mordaza, expresó que “el único responsable de que este caso esté siendo llevado por la CPI es el régimen de Maduro, primero por cometer crímenes de lesa humanidad, segundo por secuestrar las instituciones de judiciales del país e impedir que se lleven procesos de justicia genuinos en Venezuela”.

A su vez, es esencial subrayar que este avance también refleja la importancia de la cooperación internacional en la búsqueda de justicia y en la protección de los derechos humanos en todo el mundo.

¿Qué viene después?

Ante la decisión histórica de la CPI de dar continuidad a la investigación, y ante la negativa del Gobierno de asumir su responsabilidad, el Observatorio de Crímenes de Lesa Humanidad, Defiende Venezuela y Un Mundo Sin Mordaza presentaron 5 aspectos clave para entender esta decisión:

1) La sala de apelaciones de la CPI confirma por unanimidad que la investigación sobre Venezuela debe continuar y desestima todos los motivos o alegatos hechos por las autoridades venezolanas.

 2) El alcance temporal de la investigación puede abarcar hechos anteriores a abril de 2017, la fiscalía tiene la facultad de investigar todos aquellos hechos que estime susceptibles de constituir presuntos crímenes de lesa humanidad.

 3) El hecho de que Venezuela realice algunas investigaciones aisladas contra autores de menor rango y sin que se tomen en cuenta los elementos contextuales, al menos en las alegaciones de hecho, no satisface los intereses que deben ser tutelados ante la presunta comisión de crímenes de lesa humanidad.

Los Estados tienen la obligación de adoptar en su legislación interna los crímenes previstos en el Estatuto y constituye un mínimo indispensable que los elementos de hecho como son los elementos contextuales estén abarcados en la investigación para que contemple la generalidad y sistematicidad de los ataques.

4) Venezuela no hizo referencia a ninguna causa concreta en la que esté tomando en cuenta el elemento discriminatorio de la persecución.

5) Cada crimen tiene elementos únicos y definitorios propios, por lo que los intereses de estos son diferentes y pretender que la violación y otras formas de violencia sexual queden abarcados en los delitos de tortura y otros actos inhumanos no satisface los elementos de los crímenes sexuales.

 6) Venezuela no ha demostrado una investigación progresiva, tampoco demostró que el retardo en las investigaciones no sea injustificado, por lo tanto existe inactividad por parte de Venezuela en el entendido de que hay ausencia de pasos sucesivos en los procesos investigativos que además, cómo se mencionó antes no contemplan los elementos contextuales de los crímenes, son investigaciones aisladas, dirigidas solo contra perpetradores de menor rango y que no han tenido en cuenta el elemento discriminatorio de la persecución ni los elementos propios de la violencia sexual.

Es imperativo reconocer que esta batalla por la justicia está lejos de concluir. Por ello, las organizaciones de la sociedad civil deben reafirman su compromiso inquebrantable de seguir acompañando a las víctimas en cada paso del camino.

Si tienen alguna denuncia o quieren conocer más sobre el tema, comuníquense con Defiende Venezuela a través del correo: jlinares@defiendevenezuela.org, José Ali Linares, Coordinador de Comunicaciones.

¡Comparte esta nota de prensa y genera conciencia sobre las violaciones de derechos humanos en Venezuela! Juntos podemos hacer la diferencia.

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